Tras el examen del expediente tramitado en la COMSEPE, sobre proyecto básico de 70 viviendas en AER-04 La Pastora (FOT. 1), aprobado en la sesión de 28 de enero de 2025, nuestra a asociación rechaza el proyecto y solicita su modificación.
BETILO considera que el proyecto no cumple lo exigido en el artículo 2.1.4.2. de las Normas y Ordenanzas del PEPRICHYE, por cuanto no se adapta a la estructura urbana y arquitectónica del Conjunto Histórico y Entorno, ni a las características generales de su ambiente.
Esta promoción residencial se localiza en una manzana constituida por edificaciones bodegueras tradicionales catalogadas en la ficha N3-175 La Pastora, a su vez enclavada en la zona central del conjunto bodeguero conocido como Campo de Guía, sin duda una de las joyas del patrimonio histórico industrial de El Puerto de Santa María, por ser el primer ensanche industrial planificado y ejecutado en la España del siglo XIX. Esta intervención afectará de forma profunda e irreversible a la identidad del conjunto.
En la manzana (FOT. 2) se ubica, al este el casco “El Bodegón” y al sur los cascos “El Coquinero”, “Doña Francisquita” y “el Ro”, y al otro lado de la calle Comedias se sitúa la “Bodega de Mora vieja” (1829) y la “Bodega de Mora izquierda“ (1830), catalogadas en la ficha N2-2, como edificaciones de elevado interés arquitectónico y singular, como el resto de la Bodega de Mora, perteneciente a la compañía Osborne. Estas últimas bodegas se prolongan en toda la longitud de la calle Comedias conformando un conjunto bodeguero homogéneo a ambos lados de la calle.
La altura de todos estos cascos circundantes, descontada la cubierta y tímpano, es muy homogénea, estando en torno a los 6 metros, que es la altura equivalente a las dos primeras plantas del edificio proyectado. Todos los cascos citados fueron construidos hacia 1830 en torno al modelo de bodega Catedral.
Se ha proyectado un edificio de viviendas de 3 plantas que no respeta el perfil tradicional de estas calles, ni las vistas y perspectivas de las construcciones bodegueras y no guarda el necesario equilibrio con el entorno, con infracción del citado artículo 2.1.4.2. (FOT. 3 y 4) Por ello consideramos que la altura del nuevo edificio debe ser de 2 plantas, y no sobrepasar la cornisa de la “caja” del casco bodeguero, pues el tímpano de las bodegas no puede ser equiparado a una planta.
Además, se incumple lo dispuesto en el artículo 4.2.8.1. Condiciones de altura de las Normas y Ordenanzas del PEPRICHYE, que literalmente dice “…Cuando no aparezca definida, la altura máxima permitida será de dos (2) plantas, baja más una…”. Era y es el caso de esta actuación de renovación que con anterioridad no tenía asignada altura máxima ni número de plantas.
La aplicación de lo dispuesto en el artículo 4.2.8.7. de las Normas y Ordenanzas del PEPRICHYE que contempla un criterio de flexibilidad para la adaptación de alturas nos lleva a la misma conclusión, el edificio proyectado se debe igualar con la cornisa del cuerpo de los cascos bodegueros, pero no rebasarlo con una tercera planta.
Consideramos que la aprobación previa de un Estudio de Detalle con informe favorable de La Comisión de Patrimonio de Cádiz, que incomprensiblemente autorizó hasta tres plantas, no tiene carácter vinculante para la COMSEPE de El Puerto. La Comisión de Patrimonio de Cádiz no informó ningún proyecto constructivo concreto, sino una figura de ordenación previa de las alineaciones, rasantes y volúmenes constructivos globales máximos permitidos. Aquel dictamen no prejuzga ni vincula lo que haya de informar y resolver la COMSEPE respecto del proyecto constructivo concreto ahora presentado.
Además, el excesivo volumen proyectado y visible desde el exterior, y la proliferación de huecos, su escala y composición, dan un resultado abigarrado, anodino y despersonalizado, que no respeta su entorno, ni guarda un mínimo equilibrio y proporción con el tamaño, forma y disposición de los huecos de los edificios bodegueros.
A nuestro juicio, al desafortunado resultado al que se ha llegado hasta el momento (FOT. 5), ha contribuido la falta de medidas adicionales y específicas de protección del Campo de Guía en el PEPRICHYE. Como tal conjunto carece de una delimitación y una normativa de protección propia, especialmente en lo relativo a las alturas, fachadas y huecos, como ha quedado de relieve en el presente caso. La protección individualizada de las bodegas catalogadas no es suficiente, hacen falta normas de protección que contemplen el Campo de Guía como un conjunto a proteger en su globalidad.
Solicitamos que en el acto municipal de la concesión de la Licencia de obras este proyecto sea modificado en el sentido expuesto. Igualmente solicitamos que se dote al PEPRICHYE de medidas propias para la protección del Conjunto bodeguero del Campo de Guía.