Lo que ya decíamos en nuestro escrito de denuncia presentado en el Ayuntamiento el pasado día 2 de abril de 2024, ha quedado ahora ratificado por los propios documentos que constan en el expediente municipal del Servicio de Patrimonio a los que tuvo acceso BETILO el pasado día 7 de agosto.
Así consta tanto en la declaración de obra nueva en construcción y división horizontal de 5 de enero de 1989 del edificio sito en la Plaza de la Herrería número 6, como en la nota simple del Registro de la Propiedad de la finca 34363, local en planta baja de la plaza de la Herrería, donde se encuentra ubicado el pub Macaco.
El soportal no forma parte de ninguna de las fincas del edificio descritas en la división horizontal ni de sus zonas comunes, tampoco del local del pub Macaco, ya que esta propiedad termina en su fachada retranqueada donde comienza el lindero interior del propio soportal que, como dice la nota registral y la escritura de división horizontal, constituye parte de la calle Ribera del Río.
Incluso se hace constar en la escritura de división horizontal que el uso del espacio del soportal estará sujeto a la autorización del Ayuntamiento, es decir que tanto los otorgantes del documento como el notario que lo autoriza reconocen la titularidad pública del soportal.
BETILO ha presentado estas y otras alegaciones en el escrito registrado el pasado 22 de agosto.
Han pasado ya más de 5 meses desde nuestra denuncia inicial, por lo que hemos solicitado al Ayuntamiento que se dicte sin más demora una resolución que reconozca que el soportal es un espacio de dominio y uso público y que ponga fin a todos los actos de ocupación privativa del espacio por parte del pub Macaco, incluida la retirada de las cámaras de grabación particulares que se encuentran en el interior del soportal y que están prohibidas en un espacio público.
Protejamos los soportales, como dispone el PEPRICHYE, por cuanto constituyen un elemento arquitectónico singular de la fachada al río.
No permitamos ni esta ni otras ocupaciones del espacio público cuyo libre uso y disfrute corresponde a todos los ciudadanos.
Lo que ya decíamos en nuestro escrito de denuncia presentado en el Ayuntamiento el pasado día 2 de abril de 2024, ha quedado ahora ratificado por los propios documentos que constan en el expediente municipal del Servicio de Patrimonio a los que tuvo acceso BETILO el pasado día 7 de agosto.
Así consta tanto en la declaración de obra nueva en construcción y división horizontal de 5 de enero de 1989 del edificio sito en la Plaza de la Herrería número 6, como en la nota simple del Registro de la Propiedad de la finca 34363, local en planta baja de la plaza de la Herrería, donde se encuentra ubicado el pub Macaco.
El soportal no forma parte de ninguna de las fincas del edificio descritas en la división horizontal ni de sus zonas comunes, tampoco del local del pub Macaco, ya que esta propiedad termina en su fachada retranqueada donde comienza el lindero interior del propio soportal que, como dice la nota registral y la escritura de división horizontal, constituye parte de la calle Ribera del Río.
Incluso se hace constar en la escritura de división horizontal que el uso del espacio del soportal estará sujeto a la autorización del Ayuntamiento, es decir que tanto los otorgantes del documento como el notario que lo autoriza reconocen la titularidad pública del soportal.
BETILO ha presentado estas y otras alegaciones en el escrito registrado el pasado 22 de agosto.
Han pasado ya más de 5 meses desde nuestra denuncia inicial, por lo que hemos solicitado al Ayuntamiento que se dicte sin más demora una resolución que reconozca que el soportal es un espacio de dominio y uso público y que ponga fin a todos los actos de ocupación privativa del espacio por parte del pub Macaco, incluida la retirada de las cámaras de grabación particulares que se encuentran en el interior del soportal y que están prohibidas en un espacio público.
Protejamos los soportales, como dispone el PEPRICHYE, por cuanto constituyen un elemento arquitectónico singular de la fachada al río.
No permitamos ni esta ni otras ocupaciones del espacio público cuyo libre uso y disfrute corresponde a todos los ciudadanos.